Euskadi impone un impuesto por pisos vacíos. El Gobierno Vasco ha adoptado la medida de obligar a pagar un canon fiscal de 10€ anuales, por metro cuadrado, a los pisos que permanezcan cerrados, durante mas de 2 años.

Lo ha hecho para movilizar las viviendas desocupadas sin causa justificada, y poder así atender a la demanda social existente.

El nuevo decreto, aprobado el martes 8 de Junio de 2021, está amparado en la Ley Vasca de vivienda (2015), y contempla también el alquiler forzoso, e incluso la expropiación forzosa, de pisos deshabitados donde la demanda de vivienda sea más alta.

En Euskadi, hay actualmente 15.134 viviendas que podrían verse afectadas por esta medida. Según ha explicado el consejero del ramo Iñaki Arriola, un informe del año 2018 cifró en algo mas de 20.000, las viviendas que estaban vacías.

A partir de la entrada en vigor de este decreto, los Ayuntamientos serán los que se encarguen de certificar la desocupación de las viviendas, mediante la comprobación del padrón, e inspecciones de los consumos.

El procedimiento contará con un trámite de audiencia, en el que se podrá frenar la declaración de vivienda deshabitada, probando pertenecer a uno de los supuestos permitidos para que permanezca vacía. Por ejemplo, cuando la vivienda está en venta(vender), o cuando la vivienda pertenece a programas públicos de alquiler social como, Bizigune.

Los propietarios de pisos que sean declarados vacíos, deberán pagar un impuesto anual de 10€ por metro cuadrado útil, que se incrementará un 10% por cada año que siga desocupado, con un máximo de 3 veces el importe inicial, es decir, 30€.

El consejero, Iñaki Arriola, ha afirmado que la finalidad de este canon no es recaudatoria, y ha precisado que los fondos que obtengan los Ayuntamientos se destinarán a políticas de vivienda del municipio

Euskadi impone un impuesto por pisos vacíos… Eso supone alquiler forzoso o expropiación

El Gobierno Vasco, ha incluido en el decreto la opción de alquiler forzoso, para las viviendas vacías, que se encuentre ubicadas en zonas tensionadas. Entendiéndose por zonas tensionadas, todas aquellas que cumplen dos requisitos. Por un lado, que haya al menos, 100 demandantes de alquiler inscritos en Etxebide, cuyas peticiones no han sido atendidas en los 2 años anteriores, y por otro lado, que los precios medios de alquiler de la zona, sean al menos, un 10% superiores, a la renta media de la localidad.

Este alquiler forzoso, se podrá ordenar sobre viviendas que estén desocupadas transcurrido un año desde su declaración como vivienda deshabitada. Se les obligará a tener la vivienda en alquiler público por un máximo de 5 años, y los dueños recibirán una renta por ese alquiler o una indemnización en caso de no haber acuerdo sobre el precio.

Para los casos mas extremos, el decreto contempla la figura de la “expropiación forzosa”. Esta figura se aplicará a viviendas deshabitadas durante mas de 1 año, en zonas de mucha demanda, y cuando la expropiación resulte ser el método más adecuado para garantizar su uso. También se podrá aplicar esta medida cuando haya riesgo de ruina.

Esta vía de expropiación forzosa, viene recogida en la Ley de Vivienda de 2015, y ya fue recurrida ante el Tribunal Constitucional en el año 2016, por el entonces Gobierno presidido por Mariano Rajoy. En una sentencia del año 2018 el tribunal, avaló la capacidad del Gobierno Vasco y de los Ayuntamientos para proceder a la expropiación forzosa en los casos más extremos.

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