La ley de vivienda de 2023 fue aprobada en el Congreso el pasado 27 de abril. Ahora debe pasar por el Senado para su revisión y aprobación definitiva. Una vez aprobada por este último, la nueva ley de vivienda entrará en vigor y se incluirá en el BOE. Se espera que esto ocurra antes del 28 de mayo de 2023.
Novedades
1. Honorarios por el alquiler de la vivienda
Desde la entrada en vigor de la nueva Ley, los honorarios que se deben abonar a la agencia inmobiliaria que alquile la vivienda ya no los abonarán los inquilinos, sino los propietarios.
2. Aumento del precio de alquiler y el IPC
La nueva ley desvincula la subida del precio de alquiler al IPC. Se establece por ley que, para el año 2023, la renta sólo pueda aumentar un 2%, para el año 2024, un 3%. Para el año 2025 y en adelante, se establecerán por ley nuevos porcentajes.
El propietario tampoco podrá aumentar la renta del alquiler alegando subida en los gastos extras. Por ejemplo, de suministros.
3. Prohibición de acuerdos contrarios a la ley de vivienda de 2023
Hasta ahora, la ley permitia que en un contrato de arrendamiento se establecieran cláusulas por acuerdo entre las partes; fueran estas acordes o contrarias a la ley. Desde la entrada en vigor de la nueva ley de vivienda, quedará prohibido cualquier acuerdo contrato a la ley.
4. Grandes tenedores y zonas tensionadas según la ley de vivienda de 2023
La nueva ley va a dividir claramente las zonas tensionadas de las no tensionadas. Aunque será cada Comunidad Autónoma la que decida en cada ciudad cual es una zona tensionada y cual no. El hecho de que la vivienda que se quiere arrendar pertenezca a una zona tensionada de una ciudad, significará:
-Por un lado, que la renta de la vivienda no podrá superar ciertos límites.
-Por otro lado, que el arrendador (propietario) podrá ser considerado gran tenedor si es propietario de 5 viviendas y no de 10. Será considerado gran tenedor el propietario que disponga de 10 o más viviendas vacías o alquiladas en zonas no tensionadas.
5. Límite a los desahucios
Los desahucios sin fecha ni hora quedan prohibidos.
6. Beneficios fiscales para los propietarios
De momento, no se sabe con exactitud cuáles serán esos beneficios pero si atendemos al borrador de la ley de vivienda de 2023, se planteaba una bonificación de hasta el 90% de las rentas que obtengan los propietarios en caso de que bajen el precio del alquiler.
-Bonificación 50% a todos aquellos propietarios que alquilen su vivienda.
-Bonificación 70% si se alquila por primera vez a jóvenes de entre 18 y 35 años
-Bonificación 90% si se produce en en áreas tensionadas
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(Información obtenida de Adevinta/ Idealista/ Google)